Descripción
En este trabajo se aborda la noción de tolerancia en el
liberalismo político de John Rawls en lo que toca a la parte más general de
esta teoría, que es la referida a una sociedad política, y no a su extensión a
las relaciones internacionales. El esclarecimiento de esta noción ha de hacer
frente a la polisemia que afecta al concepto de tolerancia, a la que Rawls no
es ajeno. De esta manera, por un lado, se hallará que Rawls cuenta con la virtud de
la tolerancia de aquellas personas para quienes se elige la concepción política
de la justicia. La expectativa de que los ciudadanos manifiesten tal
virtud se expresa en obligaciones de éstos --como la de ser razonables,
reconocer las cargas del juicio o cumplir con el deber
de civilidad-, las cuales son examinadas someramente. Pero también, en el
liberalismo político, la tolerancia aparece como un principio de
legitimidad; como un principio discriminador de las razones susceptibles de
justificar los fines y la organización de la estructura básica de
la sociedad. Virtud y principio mantienen una relación de complementariedad,
pero también cierta tensión. Y es que, dada la jerarquía de valores presupuesta
por la virtud de la tolerancia, resulta problemático considerar tal virtud como
un valor político básico allí donde el principio de tolerancia rige sobre los
fundamentos del orden sociopolítico.
Escámez, S. (2004). El estado de la virtud. Sobre la noción de tolerancia en el liberalismo político de John Rawls. Isegoría, (31),
pp. 47-78
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